¡Quédese en casa! Estas son las excepciones de la cuarentena total


Alejandro Calle Cardona

Ciudad / abril 9, 2021

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La cuarentena total que rige hasta el próximo lunes a las 5 de la mañana en el Valle de Aburrá, Oriente y Occidente antioqueño, tiene 33 excepciones para la movilidad de personas que laboran en sectores prioritarios. Aquí les explicamos.

ABRIL 9| 2021

Un año después de la primera cuarentena por la vida en Antioquia, tres subregiones del departamento vuelven a vivir un fin de semana con restricciones totales debido al tercer pico de contagio de coronavirus. Precisamente este jueves 8 de abril se tuvo el registro de más pacientes nuevos en un solo día con 3.850 casos y 66 fallecimientos.

La cuarentena continua inició anoche a las 8 p.m. y se extenderá hasta el próximo lunes 12 de abril a las 5 de la mañana. La Gobernación de Antioquia publicó el decreto donde especifica las restricciones y da claridad sobre las excepciones. Aquí les explicamos las más relevantes:

EXCEPCIONES: 

  1. El abastecimiento de productos de primera necesidad en mercados, abastos,
    bodegas, supermercados y en establecimientos y locales comerciales, se realizará por una (1) persona del núcleo familiar de acuerdo al PICO Y CÉDULA; o mediante plataformas de comercio electrónico y/o domicilio.
  2. Personas que tengan agendada la vacuna contra el COVlD-19, asistencia y
    cuidado a niños, niñas, adolescentes, personas mayores 70 años, personas con
    discapacidad, y enfermos con tratamientos especiales que requieran asistencia de
    personal capacitado. Cuando una persona de las relacionadas deba salir de su
    lugar de residencia o aislamiento, podrá hacerlo acompañado de una (1) persona
    que le sirva de apoyo.
  3. Establecimientos y locales gastronómicos únicamente mediante plataformas de comercio electrónico y/o por entrega a domicilio.
  4. Asistencia y prestación de servicios de salud.
  5. Por causa de fuerza mayor o caso fortuito.
  6. Las actividades relacionadas con servicios de emergencia, incluidas las
    emergencias veterinarias.
  7. Personal de la salud.
  8. La cadena de producción, abastecimiento, almacenamiento, transporte,
    comercialización y distribución de productos de primera necesidad.
  9. Solo una (1) persona por núcleo familiar podrá sacar a las mascotas o animales de compañía.

El decreto establece que las personas que desarrollen las actividades antes mencionadas deberán estar acreditadas e identificadas en el ejercicio de sus funciones o actividades.

NO ESTÁN EXCEPTUADOS

El decreto no incluye la excepción para hacer deporte al aire libre de manera individual.